Se trata de una herramienta para facilitar el retorno a la nueva normalidad tras la epidemia de COVID-19
Requisitos:
Registrar por lo menos un correo electrónico y un teléfono celular. Estos son los medios de contacto que usará el IMSS para enviar avisos.
Se tendrá que realizar la manifestación de conformidad a través de la cual se autoriza al Instituto a realizar la transmisión y notificación de documentos digitales.
Principales características:
Las consultas a través del Buzón IMSS operarán las 24 horas del día.
Se simplificará la carga administrativa y reducirán los costos de operación del Instituto.
El 100% de las solicitudes podrán ser notificadas.
Se disminuirá el contacto presencial entre los notificadores del Instituto y los patrones.
El Buzón IMSS enviará notificaciones en días hábiles en un horario de 9:30 a 18:00 horas. Después de recibirla, el patrón tendrá tres días hábiles para abrir el buzón y revisar los documentos. Si no lo abre en este periodo, se entenderá que se llevó a cabo la notificación a partir del tercer día.
EFECTOS DE LA REDUCCIÓN DE SALARIOS, JORNADAS Y EN GENERAL DE LAS MODIFICACIONES EN LAS RELACIONES DE TRABAJO, CON MOTIVO DE COVID
ACUERDO por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), principales características:
Evitar la asistencia a centros de trabajo, espacios públicos y otros lugares concurridos, a los adultos mayores de 65 años o más y grupos de personas con riesgo a desarrollar enfermedad grave y/o morir a causa de ella, quienes en todo momento, en su caso, y a manera de permiso con goce de sueldo, gozarán de su salario y demás prestaciones establecidas en la normatividad vigente.
Las relaciones laborales se mantendrán y aplicarán conforme a los contratos individuales, colectivos, contratos ley o condiciones generales de trabajo que correspondan, durante el plazo al que se refiere el presente acuerdo.
Disposiciones legales (LFT)
Artículo 42 Bis. En los casos en que las autoridades competentes emitan una declaratoria de contingencia sanitaria, conforme a las disposiciones aplicables, que implique la suspensión de las labores, se estará a lo dispuesto por el artículo 429, fracción IV de esta LFT.
Artículo 429.- En los casos señalados en el artículo 427, se observarán las normas siguientes:
Si se trata de la fracción VII, el patrón no requerirá aprobación o autorización del tribunal y estará obligado a pagar a sus trabajadores una indemnización equivalente a un día de SMGV, por cada día que dure la suspensión, sin que pueda exceder un mes.
Artículo 427.- Son causas de suspensión temporal de las relaciones de trabajo de una empresa o establecimiento:
VII. La suspensión de labores o trabajos, que declare la autoridad sanitaria competente, en los casos de contingencia sanitaria.
Efectos en seguridad social:
Disminución de ingresos de trabajadores
Ausentismos
Permisos sin goce de sueldo
Días solidarios
Compensaciones
Donaciones
Jornada reducida
Semana reducida
Amortización de créditos de vivienda
Paro técnico
Riesgos de trabajo
Informar modificaciones de salario y amortización de créditos de vivienda
Es de vital importancia presentar los avisos de modificaciones de salario (por cualquiera de los puntos mencionados anteriormente), de no hacerlo, el patrón incurre en infracciones las cuales el IMSS puede sancionar. (Art. 34, 304 a, 304 b, LSS)
Aunado a lo anterior, la amortización de créditos de vivienda son distintas cuando se calculan con ausencias del trabajador, por lo que es importante tener bien identificadas (sobre todo por motivo de Covid) todas las ausencias. (Art. 35, 49 RIPAEDI)
Medidas de Protección por Covid
Fondo universal de pérdida de empleo con el que se protege el pago del crédito hasta por 3 meses con un copago del 0%
Tolerancia al pago (diferir pagos de capital e intereses), donde durante 3 meses de crédito no devenga interés y mantiene saldo congelado
Beneficios por paro técnico, con descuentos a la amortización por tiempo determinado de al menos hasta un 25%.
TRANSFERENCIA DE LOS DERECHOS ISSTE-IMSS (PORTABILIDAD)
Derecho a la pensión garantizada, para obtener este derecho, como trabajador debes tener reconocidos un mínimo de 25 años de cotización, exclusivamente en el Instituto.
El 17 de febrero de 2009, se firmó el Convenio de Portabilidad entre el IMSS y el ISSSTE. La esencia del Convenio es que el derecho a una prestación económica está asociado a la persona y no al tipo de patrón que lo emplea.
¿Qué es la transferencia de derechos?
Si durante tu vida laboral cotizaste bajo el régimen de Cuenta Individual en el ISSSTE, y también lo hiciste en el Seguro Social (IMSS), al momento de pensionarte podrás transferir tus derechos para obtener una pensión única.
El instituto otorgante de la pensión será aquel en el que hubieres cotizado más tiempo en el seguro de Retiro en Cesantía y Vejez.
El trabajador que desee pensionarse por retiro, cesantía en edad avanzada o vejez, bajo la modalidad de portabilidad de derechos, deberá tramitar y obtener, previo a su solicitud de trámite de pensión, la constancia de períodos reconocidos en los servicios de afiliación de ambos Institutos.
Si gozas de una pensión de Retiro en Edad Avanzada y Vejez, bajo el régimen de la Ley de Seguro Social no podrás obtener otra pensión de igual naturaleza bajo el régimen de la Ley del ISSSTE. El mismo esquema aplicará de manera inversa.
¿En qué tiempo se presenta?
Se podrá recibir la solicitud relativa a los periodos de cotización y salarios dentro del año anterior a que el trabajador cumpla la edad requerida para el disfrute de la pensión.
A pesar de los grandes avances en la portabilidad de derechos, siguen existiendo diferencias entre ambos esquemas de seguridad social, en lo relativo a salario base de la pensión y sus topes máximos.
REDUCCIÓN DE SALARIO BASE DE COTIZACIÓN EN PERIODO DE CONVENIO Y/O PARO TÉCNICO
¿Qué son y qué implica?
Trabajo en casa
Convenio
Paro técnico
El covid trajo grandes implicaciones en los sueldos de los trabajadores, para lo cual los patrones tuvieron que reinventar la manera de trabajar salvaguardando la salud de sus trabajadores, una de las mayores complicaciones fue el tema de la reducción de salario puesto que esta no está contemplada de forma clara en la ley laboral, por lo que la conclusión depende de la interpretación de ley.
Ahora bien, si la reducción de salario no se encuentra de forma clara, ¿es legal la reducción de salario? ¿es valido pagar menos del salario mínimo? ¿es posible la reducción del salario base de cotización al IMSS?
COVID REINVENTANDO LOS BENEFICIOS DE LOS TRABAJADORES
HOME OFFICE
Nivel de funcionamiento:
Cierre total de operaciones
Cierre total de operaciones en sitio y trabajo a distancia
Cierre parcial de operaciones en sitio y trabajo a distancia
Continuidad de operaciones en sitio y trabajo a distancia
Continuidad de actividades
Esquema de trabajo:
Home office permanente
Home office temporal
Híbrido (presencial y home office)
Requerimientos para adoptar el Home Office:
Lineamientos de trabajo
Ciberseguridad
Cambio en estilo de liderazgo
Actualización de métricas y desempeño
Competencias del personal y capacidad de autogestión
Infraestructura
Diseño del plan de compensaciones y beneficios
“Pain points” en la experiencia que viven los trabajadores en Home Office:
Horas y cargas de trabajo excesivas
Riesgos ergonómicos
Riesgos psicosociales (trastornos del sueño, agotamiento, etc)
Falta de sentido de pertenencia
Falta de claridad en expectativas sobre su desempeño y resultado
Falta de lineamientos de trabajo
Falta de un espacio privado y adecuado de trabajo
Internet lento
Atención a los hijos y home school
Beneficios y compensaciones del home office:
¿Cómo se medirán?
Premio de puntualidad
Premio de asistencia
Comedor
Bonos
Vales de gasolina
Ayuda de transporte
¿Se tendrán que incluir?
Pago de internet
Pago de luz
Ayuda para compra de mobiliario
Ayuda para niñera
Pago de línea de teléfono
Compensación en prevención de riesgos ocupacionales
Atentamente
Comisión de Seguridad Social e Impuestos Estatales 2.0