La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (14 de julio de 2020) a través del Diario Oficial de la Federación, la Resolución que reforma y adiciona las Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito.
La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y terminará su vigencia el 31 de diciembre de 2020. En consecuencia, a partir del 1o de enero de 2021, el último párrafo de la fracción II de la disposición 14ª Bis, adicionado en la presente Resolución, quedará derogado.
Los lineamientos, interpretaciones y criterios emitidos por la Secretaría o por la Comisión, con fundamento en lo dispuesto en la Resolución del 20 de abril de 2009 y Resoluciones subsecuentes mediante las que hayan sido adicionadas o reformadas las Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, seguirán siendo aplicables en lo que no se opongan a lo establecido en la presente Resolución.
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