La Secretaría de Cultura dio a conocer el 1 de julio por medio del Diario Oficial de la Federación, en su edición vespertina, Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Derecho de Autor.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El Ejecutivo Federal, en un plazo de 180 días a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, llevará a cabo las adecuaciones reglamentarias necesarias para la observancia de lo dispuesto en el mismo.
Las acciones que, en cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto, corresponda realizar a las entidades y dependencias del Poder Ejecutivo Federal, respecto de recursos humanos, financieros y materiales, se sujetarán a los presupuestos aprobados y subsecuentes, así como a las disposiciones y normas en materia de presupuesto y responsabilidad hacendaria.
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