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SCJN / Tesis y jurisprudencias al 21 de febrero de 2020

La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio a conocer las siguientes tesis al 21 de febrero de 2020:      

  1. VACACIONES GENERADAS Y NO DISFRUTADAS. LOS TRABAJADORES REGIDOS POR EL APARTADO A DEL ARTÍCULO 123 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL NO TIENEN DERECHO A SU PAGO CUANDO HAYAN SIDO DESPEDIDOS Y EN EL JUICIO LABORAL SE DECRETE SU REINSTALACIÓN, PORQUE NO EXISTE PROHIBICIÓN PARA SU GOCE UNA VEZ REINCORPORADOS.
  2. TRABAJADORES DOMÉSTICOS QUE HABITAN EN EL HOGAR DONDE PRESTAN SUS SERVICIOS. TIENEN DERECHO AL PAGO DE TIEMPO EXTRAORDINARIO CUANDO NO SE LES CONCEDEN LOS PERIODOS QUE COMO MÍNIMO TIENEN DERECHO A DESCANSAR (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE DICIEMBRE DE 2012).
  3. PENSIÓN POR VIUDEZ. EL ARTÍCULO 130 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, AL PREVER QUE SI AL MORIR EL ASEGURADO O PENSIONADO TENÍA VARIAS CONCUBINAS, NINGUNA DE ELLAS TENDRÁ DERECHO A RECIBIR DICHA PRESTACIÓN, NO VIOLA EL DERECHO FUNDAMENTAL DE IGUALDAD NI EL PRINCIPIO DE NO DISCRIMINACIÓN, PREVISTOS EN LOS ARTÍCULOS 1o. Y 4o. DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
  4. PENSIÓN JUBILATORIA. LA OMISIÓN RECURRENTE DE PAGARLA OPORTUNAMENTE VIOLA LOS DERECHOS HUMANOS A LA DIGNIDAD, AL MÍNIMO VITAL Y A LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS JUBILADOS.
  5. FUNDAMENTACIÓN DE LA COMPETENCIA DE LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS. ALCANCE Y APLICABILIDAD DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 115/2005.
  6. FACTURAS. CARGA DE LA PRUEBA CUANDO CONTRA QUIEN SE PRESENTAN NIEGA QUE EL RECEPTOR DE LA MERCANCÍA TUVIERE FACULTADES PARA ELLO Y LAS OBJETA.
  7. DESPACHADORES DE GASOLINA EN ESTACIONES DE SERVICIO. SU RELACIÓN LABORAL SE RIGE POR LAS DISPOSICIONES DEL CAPÍTULO XIV DEL TÍTULO VI DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
  8. DELINCUENCIA ORGANIZADA. LA FUNCIÓN DEL SUJETO ACTIVO DENTRO DE LA ORGANIZACIÓN CRIMINAL, NO CONSTITUYE UN ELEMENTO NORMATIVO DEL CUERPO DEL DELITO, SINO UN ASPECTO VINCULADO CON LA PUNICIÓN.

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